Para empezar a problematizar la cuestión carcelaria me parece importante hablar de los orígenes de la pena privativa de libertad, y lo cierto es que la misma es relativamente nueva, de hecho mucho más actual de lo que pensamos. Esto para nada quiere decir que sea un sistema definitivo en nuestra historia, sino todo lo contrario.
Sobre el origen de la prisión mucho se ha discutido y hay numerosas posiciones enfrentadas. La pena de prisión habría nacido fuera del derecho, al abrigo de la extensión del modo de producción capitalista, y en concreto derivando de las casas de corrección y trabajo construidas primero en Europa y extendiéndose luego a otros países para adiestrar a las masas de vagabundos expulsadas del campo a fin de convertirlos en los trabajadores que las clases burguesas necesitaban.
La pena de privación de libertad, según algunos autores, no puede ser concebida sin entender el principio de retribución equivalente propio del capitalismo, ya que la idea de justicia se basa en la equivalencia entre el daño producido por el delito con el pago de la pérdida de libertad durante cierta cantidad de tiempo, a mayor daño mayor pena.
La cárcel como pena y como institución, es una pena moderna. Para algunos, entre ellos Foucault, la pena de prisión y su institucionalización fue formulada por el pensamiento ilustrado, surgiendo a fines del siglo XVIII y comienzos del XIX, sustituyendo el suplicio (desmembramiento vivo de una persona), por una forma más apropiada a la nueva sociedad contractual, donde se procede a sustraer el tiempo y libertad del reo (el castigo pasa a ser una economía de los derechos suspendidos).
Cabe aclarar que el encierro del que escribo no es el mero encierro previo a un castigo superior para que el cautelado no escape, sino la privación de libertad temporalizada producto de un juicio previo para sancionar una conducta disvaliosa.
Ahora bien, dicho esto, nuestro ordenamiento jurídico establece en el artículo 18 de la Constitución Nacional argentina, ya desde su versión original de 1853, que: “Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice”.
Mucho se ha teorizado sobre la función que tiene la pena, creo que no es fácil generar sustento a una premisa que parece muy lógica pero que básicamente es dar como respuesta a una conducta negativa, otra negativa, y obtener así una situación positiva. Es en torno a esos debates doctrinarios que han surgido numerosas corrientes que intentan fundamentar este sistema.
Nuestras leyes adhieren a lo que se denomina en derecho la teoría de la prevención especial positiva, donde se justifica la pena a partir de los efectos que tiene la aplicación de la misma en el individuo que la soporta. El principal objetivo de esta clase de prevención es evitar que aquel que ya cometió un acto ilícito no vuelva a tener tal actitud en el futuro. El fin de la pena para nuestro sistema es resocializar al individuo consagrando el principio de humanidad, el cual debe regir todo el proceso de cumplimiento de la condena impuesta. Lo que se traduce en que las cárceles por sus condiciones materiales, higiénicas y de salubridad, no deben agravar el mal inherente a la pena, ni las autoridades ejecutarlas en forma que aumenten ese mal, proporcionando una adecuada educación, reforzando los vínculos familiares, garantizando el acceso a la salud y brindando acompañamiento personalizado a lxs reclusxs.
Además de la Constitución, está la Ley Nacional Nº 24660 que constituye la base del derecho penitenciario, es decir, la ley que regula la ejecución de la condena en nuestro país, que en el art. 1 establece que: “La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad”.
La ejecución de la pena privativa de la libertad se muestra, así, como el instrumento enderezador para lograr restablecer en el condenado el respeto por las normas penales fundamentales que él ha inobservado, logrando con su encierro la tan aclamada justicia que la parte dañada y la sociedad reclama.
Dicho esto, creo que todxs podemos coincidir que nuestro actual sistema penitenciario no funciona en absoluto, y eso por ser suaves al respecto.
La privación de la libertad falla por 3 cuestiones que me interesa desarrollar:
El fin resocializador no es más que un mero justificativo que dota de legalidad y adecúa el encierro, en las condiciones que existe en nuestro país, al ordenamiento jurídico vigente en un estado democrático de derecho basado en el principio de autonomía individual. En palabras mas sencillas, el fin resocializador es la excusa que sostiene la legalidad del encierro. No digo esto con liviandad alguna, sino más bien todo lo contrario. Después de trabajar más de 5 años en una Defensoría penal, en habitual contacto con personas privadas de libertad y sus familias, y conociendo los lugares de alojamiento donde se cumplen estas penas o simplemente se espera sentencia absolutoria o condenatoria, mucho he reflexionado sobre la corrupción de un sistema sumamente violento que vulnera todos y cada uno de los principios consagrados tanto en la constitución como en la ley de ejecución penal. Para ser pragmática, el acceso a la educación tiene cupos muy limitados, y en un sistema sumamente colapsado es prácticamente inaccesible; el derecho a la salud se ve vulnerado por la espera a la que tiene que someterse un detenido para acceder a un turno médico; la discriminación que sufre una persona esposada y custodiada en una sala de guardia hace que muchxs no quieran tratar sus padecimientos. A eso cabe agregar que en la provincia de Santa Fe la mayoría de los establecimientos penitenciarios están sobrepoblados de manera preocupante; para graficarlo de mejor manera, la Unidad Nª 11 de Piñero tiene capacidad para 900 personas y en la actualidad hay alrededor de 2100 internos, lo que deviene en situaciones graves de hacinamiento, imposibilidad de un trabajo personalizado con los internos, acceso a educación, trabajo, tratamiento psicológico y médico adecuado para abordar la problemática de adicciones que en la mayoría de los casos son los que inician a lxs adolescentes en el delito.
Caso aparte es la situación de sobrevulneración de derechos que sufren las mujeres y disidencias en situación de encierro, donde se afecta gravemente el principio de humanidad. Para citar algún ejemplo de esto, en los penales de mujeres hay detenidas que comparten el encierro con sus hijxs, desde su nacimiento hasta el día que cumplen 4 años, donde son captadas por los servicios sociales para ser reubicadas con algún familiar que pueda asumir la responsabilidad y si esto no ocurre van a hogares transitorios. Creo que no puedo encontrar palabras que alcancen para describir lo terrible que es para la subjetividad de une niñe nacer en el encierro. Se me viene a la cabeza un caso que trabajó la Defensoría a nivel provincial de una pequeña que a sus 3 años aún no había aprendido a hablar y tenía miedo de salir de la cárcel. Cada vez que debía asistir al centro de salud a recibir vacunas o chequeos médicos lloraba aterrorizada por el miedo a la vida por fuera de la celda.
Del otro lado de las condiciones inhumanas de encierro está la altísima tasa de reincidencia, esto quiere decir que las personas institucionalizadas habitualmente reinciden en el delito, por lo que no sólo que las cárceles de la nación no son sanas ni limpias, sino que tampoco resocializan ni reinsertan a las personas en la sociedad. Sino más bien ofician de depósito de personas de bajos recursos económicos para olvidarnos allí de la multiplicidad de factores que inciden en delito, mas allá de la voluntad de una persona.
Otra situación que no es difícil de dilucidar para quien visita una cárcel, aunque sea por primera vez, es que está llena de personas marginadas, con escasa educación y aún más escasos recursos económicos. Lo que nos lleva a otra pregunta muy interesante: ¿acaso las personas de bajos recursos son las únicas que delinquen? Lejos está de ser eso una verdad, sino más bien, el sistema penal posee una asquerosa selectividad para poblar las cárceles, selectividad que ha sido alimentada durante décadas por estereotipos físicos y sociales.
Intento así resumir dos falencias impostergables de nuestro sistema carcelario: el primero es la inadecuación con la constitución nacional, instrumentos internacionales y leyes nacionales. El segundo, la función resocializadora y la reinserción social no son más que una utopía, que se ve imposibilitada por el deterioro que sufre física y psíquicamente una persona detenida y también por la imposibilidad de insertarse en el mundo laboral, producto de la estigmatización social que recae sobre los ex convictos y la precarización laboral que sufre una persona de bajos recursos que ejerce un oficio de manera informal.
Por último, pero no menos importante, el sistema carcelario denota insuficiencia por el gran descontento social que genera la temática y probablemente inunde a muchxs de lxs que lean esta nota, el detrimento de la noción de justicia que deviene en la exigencia de penas más largas, más carceles y más restricciones al régimen progresivo que postula la ley para reinsertar a quienes delinquen.
El sistema penal es el aparato que regula el poder punitivo operando el sistema de canalización de venganza. Respecto a esto lo cierto es que hay una sed social desmedida de venganza, alimentada por la idea de que seguridad es igual a cárcel, sin contemplar que los efectos de la prisionización no sólo potencian la violencia social del lado de quienes sufren el encierro, sino también de quienes no la sufren y creen que están en posición de ajusticiar a cualquier precio, generándose situaciones que como sociedad no podemos dejar de repudiar, tales como los numerosos linchamientos que se generan y son celebrados masivamente. Del otro lado del enardecido reclamo social surge como respuesta política la famosa demagogia punitivista del vale todo. Sin ir más lejos, en nuestra localidad tenemos al senador Lisandro Enrico —quien propuso un proyecto de baja de edad de imputabilidad en la cámara de senadores— encabezando una cruzada en nombre de los derechos humanos contra el poder judicial, y en el camino arremetiendo contra el principio republicano de gobierno, por medio del ejercicio de polémicas intervenciones públicas contra decisiones de diversos magistrados.
Recientemente un camarista penal de nuestra ciudad otorgó prisión domiciliaria a una persona que sufrió una traqueotomía en el medio de la emergencia sanitaria vigente. Claramente una situación de salud de esa delicadeza es imposible de ser transitada y sostener su recuperación en un penal, mucho menos recibir los cuidados necesarios, por lo que se ordenó la recuperación en su domicilio. El juez consideró que la situación estaba abarcada por las normas que regulan la prisión domiciliaria. Esta situación fue atacada por el senador Enrico quien haciendo uso de su cargo cuestionó públicamente la resolución judicial alegando elevar una nota a la Corte Suprema de Justicia de la provincia solicitando tribunales de enjuiciamiento para los magistrados.
Es manifiesto el avasallamiento de la división de poderes del Estado, en la misma manera que intolerable la conducta de un legislador haciendo uso de su cargo político para presionar y cuestionar al poder judicial.
Nota aparte lo preocupante de la cobertura mediática que tal conducta recibe, así como la aprobación generalizada de la sociedad.
El objetivo de este artículo no es defender la impunidad frente a un sistema que se muestra estéril o abolir la cárcel, sino más bien generar un debate humano que permita discutir sus fallas para superarlas.
Si seguimos por este camino, defendiendo la mentira resocializadora de la cárcel en lugar de problematizar, estamos contribuyendo a perpetuar un sistema de exclusión y estigmatización de personas que colabora en enorme medida con la rueda de marginalidad-violencia-inseguridad que por estos días gira a pasos intolerables.
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